Tras una larga espera, la reforma concursal es ya una realidad. Con la entrada en vigor de la ley 16/2022, encontramos un procedimiento concursal más ágil y eficiente. Uno de los objetivos que presenta esta reforma concursal es el de mantener la viabilidad de las empresas mediante los planes de reestructuración.
¿Qué son los planes de reestructuración?
Los planes de reestructuración surgen como mecanismo preconcursal, sustitutorios de los acuerdos de refinanciación que teníamos hasta la fecha, que tienen como principal objetivo evitar o superar la situación de insolvencia en que se puede encontrar una empresa.
En este sentido, los planes de reestructuración permiten modificar la estructura y condiciones del activo, del pasivo o de los fondos propios e incluso contemplar la venta de la unidad productiva de la sociedad deudora con el objetivo de asegurar su viabilidad.
¿Cuándo es útil?
Los acreedores, los socios e incluso los administradores de la sociedad podrán iniciar las comunicaciones para alcanzar un plan de reestructuración cuando la empresa ya esté en situación de “probabilidad de insolvencia”.
Este nuevo concepto de probabilidad de insolvencia engloba aquellas empresas que presumiblemente no podrán cumplir regularmente con sus obligaciones exigibles en los próximos dos años.
Por lo tanto, los planes de reestructuración están especialmente enfocados para as empresas que son económicamente viables pero que podrían encontrarse en una situación de probabilidad de insolvencia. Sin embargo, es posible también alcanzar un plan de reestructuración para aquellos deudores que se encuentren en situación de insolvencia inminente o actual.
Experto en reestructuración
Se trata de una nueva figura, distinta a la del administrador concursal, que podrá ser nombrada por el deudor, por acreedores que representen más del 50% del pasivo que pueda quedar afectado por el plan de reestructuración y por el juez si lo considera oportuno. De manera extraordinaria, también puede ser propuesto por los acreedores que representen el 35% del pasivo afectado, en cuyo caso la decisión del nombramiento queda a decisión del juez.
El experto en reestructuración tiene como función principal aconsejar al deudor y a los acreedores en las negociaciones y en la elaboración del plan de reestructuración. Además, también deberá elaborar los informes que sean legalmente preceptivos o los exigidos por el juez. Sin embargo, no podrá decidir sobre los poderes de administración ni sobre la disposición patrimonial del deudor.
Durante la aplicación del plan de reestructuración, el experto deberá desarrollar las funciones con la diligencia debida e independencia puesto que, de la misma manera que el administrador concursal, el experto en reestructuración también tiene responsabilidad civil por los daños causados durante su actuación.
Diseño y aplicación del plan de reestructuración
Uno de los aspectos decisivos para la aplicación del plan de reestructuración es la formación de clases de créditos. Estas clases deberán estar formadas por créditos que tengan la misma clasificación de acuerdo con la ley concursal.
Se considera que el plan de reestructuración está aprobado para cada clase de créditos cuando haya votado a favor más de dos tercios del pasivo que corresponda a esa clase.
Por otro lado, también cabe la homologación judicial del plan. Ésta tendrá lugar en tres casos muy concretos: i) cuando se quiera arrastrar al plan de reestructuración a aquellos acreedores que no hayan votado a favor; ii) cuando se resuelvan contratos en interés de la reestructuración y iii) cuando se quiera proteger las formas de financiación previstas en el plan.
A modo de conclusión, el plan de reestructuración surge que como herramienta concursal para mantener la viabilidad de las empresas, que puede adaptarse a las circunstancias concretas del deudor y de los acreedores debido a su flexibilidad y funcionalidad.