En este artículo analizaremos las obligaciones y derechos de las partes (franquiciador y franquiciado) del negocio de franquicia.
¿QUIÉN ES EL FRANQUICIADOR Y QUIÉN ES EL FRANQUICIADO?
Antes de abordar las obligaciones y derechos de las partes que intervienen en el negocio de franquicias (franquiciador y franquiciado) es importante definir sus posiciones.
Definición y diferencias entre franquiciador y franquiciado
El franquiciador es la persona, física o jurídica, que, habiendo desarrollado un producto o servicio, decide hacerlo crecer a través de franquicias.
El rol de este empresario conllevará la adopción y desarrollo de funciones distintas, entre otras: la selección de franquiciados, la transmisión del know-how, o la delegación de la gestión hacia estos.
Por su parte, el franquiciado es la persona, física o jurídica, que decide incorporarse a una red de franquicias, constituyéndose como empresario independiente del negocio que el franquiciador ha decidido expandir. El franquiciado asumirá responsabilidades de forma individualizada y mantendrá un control sobre aspectos esenciales en su negocio, como la elección del personal, balances y previsiones, gastos e ingresos, etc.
DERECHOS DEL FRANQUICIADOR
De entre los derechos que tiene el franquiciador, destacan los siguientes:
Control y supervisión de la marca y estándares
En primer lugar, el franquiciador gozará del derecho de supervisar que su marca, logotipo y el resto de elementos distintivos se empleen con la diligencia debida por el franquiciado, siguiendo los estándares establecidos por aquel, para que la calidad y uniformidad en el producto o servicio franquiciado queden asegurados. La finalidad de este control es garantizar que existan las mínimas diferencias entre el negocio original y la franquicia.
Derechos sobre los ingresos y el canon de franquicia
Las principales contraprestaciones que el franquiciador percibirá del franquiciado son los royalties y el canon de entrada.
Propiedad del know-how y la tecnología de la franquicia
Un elemento fundamental de la franquicia es el know-how (o “saber hacer”), es decir, aquellos conocimientos operativos y técnicos que han hecho que el negocio del franquiciador tenga éxito en el mercado, el cual transmitirá al franquiciado para que pueda explotar y desarrollar con eficacia el modelo empresarial. La franquicia y el negocio original no solo tienen que parecerse en la imagen exterior, sino que también deben buscar que la experiencia que ofrezcan sea lo más similar posible.
OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADOR
Por otro lado, el franquiciador asumirá una serie de deberes vinculados a su posición:
Transferencia del know-how y soporte inicial
Como decíamos, previamente al inicio de su actividad, el franquiciado recibirá del franquiciador su know-how. El franquiciador le cederá sus conocimientos, habilidades y experiencias, para que el franquiciador pueda desempeñar con éxito sus funciones. Asimismo, le prestará un asesoramiento que le sirva de guía para el comienzo de sus operaciones.
Formación y capacitación continua al franquiciado
Durante la vigencia del contrato, el franquiciador orientará al franquiciado en su actuación empresarial, a través de boletines informativos, circulares internas, consejos y recomendaciones, u otros modos similares, para lo que deberá establecerse una efectiva comunicación entre las partes.
Provisión de materiales y acceso a proveedores aprobados
Además de la transmisión de formación, el franquiciador será responsable de suministrar al franquiciado todos los elementos necesarios (mobiliario, ambientación del local, vestuario…) para la puesta en marcha del negocio. Asimismo, pondrá a su disposición un listado de distintos proveedores con los que pueda suscribir los servicios propios del comercio.
DERECHOS DEL FRANQUICIADO
Desde la perspectiva del franquiciado, encontraremos los siguientes derechos:
Uso de la marca y del sistema de franquicia
En lo relativo a la marca, en el contrato deberá constar con claridad la relación jurídica que se establezca entre las partes para evitar las posibles discrepancias que pudieran derivarse. En concreto, los términos de la cesión de marca registrada en una zona determinada, de su imagen comercial y la transferencia de tecnología. Asimismo, al contratar con el franquiciador, entrará en el sistema de su franquicia, aprovechando las ventajas de la economía de escala: acuerdos con proveedores y distribuidores, campañas de marketing, etc.
Acceso a la formación y al know-how
Como hemos avanzado, el franquiciador prestará al franquiciado la asistencia y la formación necesarias para el comienzo de su negocio, mediante su presencia o la de un colaborador externo. Y resultará especialmente importante la recepción del know-how, sin el que no se podría explotar adecuadamente la franquicia.
Soporte continuo y supervisión del franquiciador
En la ejecución de sus operaciones, el franquiciado necesitará un efectivo acompañamiento que le permita resolver las dudas y problemas que puedan ir surgiendo durante el desarrollo de su negocio. Por ello será esencial que se establezcan canales (boletines informativos, circulares internas…) que permitan una apropiada comunicación con el franquiciador.
OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADO
Por último, respecto de los deberes del franquiciado, destacan:
Cumplimiento de los estándares de la marca
Resulta fundamental que el franquiciado efectúe un seguimiento de todas las normas que el franquiciador establezca respecto de la concesión de su marca, así como del cumplimiento del manual de operaciones y los reglamentos. El franquiciador podrá comprobar su cumplimiento mediante auditorías regulares de las instalaciones y establecer medidas disciplinarias en caso de infracciones.
Pago de royalties y otros costos establecidos
En el transcurso de la relación contractual, el franquiciado deberá hacer frente a diversos pagos. Entre ellos, destacan el canon de entrada y los royalties, que se constituyen como las contraprestaciones a los servicios que le prestará el franquiciador, ya sea al inicio (canon) o periódicamente (royalties).
Uso adecuado de los procedimientos y manuales operativos
La calidad y uniformidad del negocio es una preocupación principal para el franquiciador por la concesión que realiza. Por eso, el franquiciado tendrá la obligación de seguir minuciosamente las indicaciones de sus procedimientos operativos y normativas, algo que es propio del negocio de franquicia y que permite diferenciarlo de otros tipos de contratos.
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