En mayo del año 2016 entra en vigor el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), éste junto con la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo para la Transmisión de Datos en el área judicial y policial conforman el nuevo marco legal que regirá el tratamiento de datos, a partir de la citada fecha, por todas aquellas empresas y organismos que sean sujeto de aplicación dentro de la Unión Europea o que estando fuera de esta mantengan relaciones comerciales con miembros de la comunidad.

Una época marcada por el avance de la tecnología y el respeto a los derechos fundamentales y las libertades públicas hacen necesaria la creación de una normativa acorde a los cambios suscitados en la era digital. Es una de las funciones del gobierno regular y ampliar la protección de los ciudadanos en vista de los peligros y las violaciones a la seguridad personal que se han perpetrado en los últimos tiempos.

Sobre el Reglamento General de Protección de Datos

La normativa concede un plazo de dos años a partir de su publicación, hasta mayo de 2018, para que las empresas examinen y adecúen sus protocolos de seguridad y procedimientos relativos al tratamiento de datos al nuevo Reglamento. Uno de los conceptos más importantes dentro del paquete de Protección de Datos es el de Responsabilidad Proactiva, quienes no cumplan con sus obligaciones en la materia podrán ser sancionados con multas que van desde los 600.000 euros hasta los 20.000.000 euros o, 4% de los ingresos totales anuales percibidos en el ejercicio fiscal anterior.

Mejoras, adelantos y novedades del RGPD

Principios de información y consentimiento: Bajo la norma vigente (la Ley Orgánica de Protección de Datos o LOPD), la aprobación de los interesados podía ser tácita e informal. Ahora, con el nuevo Reglamento, las empresas deben garantizar el servicio de información oportuna a las personas previo al tratamiento de sus datos personales, así como la obtención del consentimiento expreso para dichas operaciones.

Principio de Responsabilidad Proactiva: Reforzamiento del concepto de responsabilidad empresarial y personal en el ámbito de Protección de Datos mediante el diseño, aplicación y evaluación permanente de las políticas internas y medidas de seguridad (técnicas y organizacionales) orientadas a la protección de los derechos y libertades de las personas físicas.

Ampliación de los Derechos de los Interesados: Revisión de los procedimientos y garantías establecidas bajo el nombre de Derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición), así como la inclusión del derecho al olvido y a la portabilidad de los datos personales a fin de brindar un mayor control sobre la información manejada por las compañías y organismos públicos.

Evaluación de impacto: La ley ordena a las empresas la realización de un análisis de riesgo completo que permita determinar las posibles amenazas en el campo de seguridad de datos y cuáles serían las estrategias y acciones más apropiadas para reducir dicho riesgo.

El Delegado de Protección de Datos o DPD: Esta figura nombrada por la organización tiene como función principal asesorar y supervisar el cumplimiento del RGPD.

El Departamento de Protección de Datos de Globalpacta está a su disposición para analizar el grado de cumplimiento que su empresa tiene en materia de Protección de Datos y realizar en caso necesario, la implantación o las adaptaciones oportunas que aseguren su total cumplimiento.

Rellene el formulario de abajo y un representante de Globalpacta se pondrá en contacto con usted. Si lo prefiere, puede ponerse en contacto con nosotros a través de la siguiente dirección de correo electrónico: info@globalpacta.com o a través del teléfono de contacto +34 93 363 79 10.