Con la aprobación del Reglamento General de Protección de Datos, los países comunitarios dan un paso hacia adelante en materia de integración y políticas comunes destinadas a la protección de todos los usuarios en la era digital.

Un elemento básico de este nuevo régimen es el principio de rendición de cuentas, que subraya y eleva el nivel de responsabilidad de las empresas, reforzando el marco jurídico que protege los derechos fundamentales de todas las personas físicas y acredita la protección de los mismos tanto al responsable directo como al encargado del tratamiento de datos sanitarios Especialmente Protegidos.

El sistema abarca a todos los países miembros de la Unión, así como aquellas entidades que deseen hacer negocios o mantengan relaciones comerciales con ciudadanos de los países comunitarios, amplificando la capacidad de acción y regulación de los entes a cargo de este programa con respecto a la anterior normativa. Algunos avances en el nuevo RGPD surgen en respuesta a los resultados obtenidos de estudios hechos por distintos grupos de trabajo, especializados en materia de Protección de Datos y los organismos internacionales involucrados en políticas de desarrollo económicas y sociales.

El concepto de responsabilidad proactiva nunca había sido más relevante y tangible que en este preciso instante, ya que en el Reglamento se contemplan estrictas políticas de penalización y sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran afectar considerablemente la estabilidad de las empresas en el corto, medio y largo plazo. De allí que, sea la misión del Delegado de Protección de Datos establecer protocolos de seguridad ajustados a la norma y asegurar las medidas organizativas como, políticas de normas y procedimientos que garantizan el cumplimiento de todas las operaciones, procesos y/o medidas técnicas de seguridad, con el fin de preservar la integridad, disponibilidad y privacidad de la información relativa al estado de salud de los pacientes, así como cualquier otro dato personal vulnerable.

Un aspecto elemental de la noción de responsabilidad activa es aquel directamente relacionado con los derechos de los afectados (las personas) y que se traduce en obligaciones para el(los) responsable(s) del tratamiento de datos. Estos derechos se reafirman en el nuevo RGPD y se amplían; ahora es el legislador quien obliga a los centros sanitarios a mantener informado, con absoluta transparencia y prontitud a sus pacientes.

Las empresas en el sector sanitario deben contar con la aprobación expresa de la persona afectada, este consentimiento no puede ser si no informado, de manera tal que se limite/restringa el poder de acción de las entidades que, a su vez, deben de garantizar que nuestros datos sean usados sólo para los fines explicados y así gestionar una asistencia sanitaria adecuada de los pacientes.

Finalmente, resulta preciso establecer instrumentos de certificación y sellos de excelencia en seguridad informática, así como códigos de conducta, que sirvan de herramientas y guía al personal para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos con las autoridades y los usuarios en el RGPD.

El Departamento de Protección de Datos de Globalpacta está a su disposición para analizar el grado de cumplimiento que su empresa tiene en materia de Protección de Datos y realizar en caso necesario, la implantación o las adaptaciones oportunas que aseguren su total cumplimiento.

Rellene el formulario de abajo y un representante de Globalpacta se pondrá en contacto con usted. Si lo prefiere, puede ponerse en contacto con nosotros a través de la siguiente dirección de correo electrónico: info@globalpacta.com o a través del teléfono de contacto +34 93 363 79 10.