En el caso de que hayas leído nuestro artículo Los pactos parasociales, una herramienta para ganar seguridad, ya sabrás lo que son los pactos parasociales o también llamados coloquialmente pactos de socios.
Si bien en el artículo anterior se expuso qué son los pactos parasociales, en este nos centraremos en conocer su tipología y las posibilidades que ofrecen.
Los 3 tipos de pactos parasociales
La clasificación más típica distribuye estos pactos de socios en tres grupos en función de sus objetivos:
1. Pactos de relación
Creados con el propósito de regular la interrelación de los socios.
Por tanto, no tienen ninguna consecuencia jurídica en el ámbito societario, pero permiten prevenir los conflictos que pudieran aparecer entre los propios socios de manera directa. En general, estos acuerdos sólo son vinculantes para los socios participantes. Por ejemplo, serían pactos de relación: los que regulen el ejercicio de derechos de venta conjunta, los que establezcan particularidades en el ejercicio de los derechos de adquisición preferente sobre las acciones o las participaciones sociales, o los que fijen obligaciones lock up[1].
2. Pactos de atribución
A diferencia de los del apartado anterior, sí existe cierta afección al ámbito societario, pero deberá ser siempre positiva; es decir, están concebidos para asumir obligaciones que otorguen alguna ventaja a la sociedad.
Es una forma de proteger a la sociedad de las eventuales disputas que pudieran existir. Entre estos pactos figuran aquellos que producen la obligación de realizar una financiación adicional de los socios a la empresa, los que establecen obligaciones de no competencia, o aquellos por los que se concede a la sociedad la exclusividad en la venta o intermediación en los productos de los socios.
3. Pactos de organización
Su finalidad es la regulación de la organización y del funcionamiento de la sociedad, así como el sistema de toma de decisiones.
Estos pactos pueden tener una mayor incidencia en la sociedad, razón por la cual suelen ser los más relevantes y conflictivos en el mundo empresarial. Aquí existe una gran pluralidad; entre ellos se pueden destacar los pactos sobre composición del órgano de administración o los restrictivos en materia de administradores, sobre fijación de políticas de la empresa, sobre interpretación de las normas estatutarias, o los pactos deadlock[2].
Ante la exactitud y precisión que esta materia requiere, globalpacta pone a disposición de sus clientes su equipo especializado en derecho mercantil y societario con el objetivo de ayudarles a una correcta implementación de estos pactos, contando con profesionales que cuentan con una larga trayectoria en el asesoramiento empresarial. Dote a su empresa de mayor seguridad en las relaciones entre los socios, la sociedad y sus administradores. Puede contactar con nosotros a través de info@globalpacta.com.
Marcos Laguarta
[1] Pactos utilizados para vetar la transmisión de una parte o el total de las participaciones de los emprendedores a terceros.
[2] Pactos que permiten evitar las situaciones de bloqueo societario ante casos como el empate permanente en las juntas.