La distribución de una herencia, un proceso que debería ser un punto de cierre y paz familiar, ocasionalmente se convierte en un terreno complicado cuando no todos los herederos están de acuerdo en su reparto. Aquí abordaremos estos casos y sus soluciones.
¿Cómo se reparte una herencia sin estar de acuerdo?
Los desacuerdos entre herederos pueden dar lugar a dificultades considerables. Cuando no se alcanza la unanimidad en cuanto al reparto de la herencia, es esencial comprender los pasos a seguir y las implicaciones legales asociadas. Hay diversas posibilidades que analizaremos a continuación, y veremos que puede simplemente no aceptarse la herencia o producirse su renuncia (también llamada repudia).
¿Qué pasa si uno de los herederos no está de acuerdo y no quiere firmar?
La negativa de un heredero a firmar los documentos pertinentes para la aceptación de la herencia puede generar complicaciones legales y retrasar el proceso.
En el supuesto de que uno de los herederos no firme, dejando pasar el tiempo sin renunciar a la herencia, se enfrenta al transcurso de ciertos plazos de relativa importancia. Entre ellos, destacan los 6 meses desde que falleció el causante para pagar el Impuesto de sucesiones si finalmente la aceptase, y otros plazos, en este caso de prescripción, para reclamar la herencia, la legítima o la cuarta viudal.
¿Qué pasa si no se hace la aceptación de herencia?
Como hemos podido ver, llega un momento en el que el heredero deberá aceptar o renunciar a la herencia. Esta renuncia tiene una serie de características.
En primer lugar, debe hacerse ante notario presentando el certificado de defunción de quien deja la herencia y el testamento o, si no se hubiese hecho, declaración de herederos que acrediten quién es heredero.
En segundo lugar, es un acto irrevocable de la misma manera que también lo es aceptarla. Sin embargo, no es posible renunciar ni aceptar parcialmente una herencia.
En tercer lugar, es un acto individual. Dentro de un grupo de herederos, es posible que uno o varios de ellos decidan renunciar a su parte de la herencia, mientras que los demás elijan aceptarla.
La renuncia de uno de los herederos puede tener consecuencias en la distribución de la masa hereditaria entre los restantes:
– En algunos casos, la renuncia de un heredero puede llevar a un aumento en la porción de la herencia que corresponde a los demás.
– Además, es importante destacar que la parte de la herencia renunciada por un heredero puede pasar a sus sucesores, especialmente si el renunciante es un heredero forzoso o si está expresamente establecido en el testamento. En otras palabras, el documento testamentario puede especificar el derecho de representación en caso de renuncia a la herencia.
Alternativas para repartir la herencia sin estar todos los herederos de acuerdo
Ante la falta de consenso entre los herederos, es fundamental explorar alternativas que permitan avanzar en la distribución de la herencia como son la mediación extrajudicial, la interpelación hereditaria y la vía judicial.
Mediación extrajudicial
La mediación extrajudicial se presenta como una alternativa amistosa para resolver disputas entre herederos. A su vez, suele ser la más económica. En este proceso, un mediador imparcial facilita la comunicación y asiste a los involucrados en la búsqueda de soluciones mutuamente aceptables. Este enfoque no solo puede contribuir a preservar las relaciones familiares, sino también a agilizar el proceso de reparto de la herencia. Es esencial que los herederos estén dispuestos a comprometerse y encontrar soluciones que beneficien a todos.
Durante la mediación, se pueden abordar no solo los aspectos materiales de la herencia, sino también las cuestiones emocionales y relacionales que pueden estar en juego. El objetivo es llegar a un acuerdo equitativo y satisfactorio para todos los herederos, evitando así la prolongación innecesaria de los conflictos.
Interpelación hereditaria
La interpelación hereditaria es un mecanismo legal que permite a un heredero solicitar la intervención de un notario para instar a los demás a aceptar o repudiar la herencia. El plazo para ello será de un mes según el artículo 1005 del Código Civil español y de dos meses según el artículo 461-12 del Código Civil Catalán. Este procedimiento puede agilizar el proceso al resaltar las implicaciones legales de la negativa a participar en la distribución de los bienes. La interpelación hereditaria puede proporcionar una perspectiva objetiva sobre la situación y ayudar a los herederos a comprender las consecuencias legales de su postura.
Si, en el plazo de 30 días, el notificado no responde, la herencia se entenderá como aceptada y dará lugar a la fase de su reparto.
Durante esta interpelación, el notario puede informar a los herederos sobre sus derechos y responsabilidades, así como sobre las implicaciones legales de no participar en el proceso de reparto de la herencia.
La vía judicial
Cuando las alternativas extrajudiciales no logran resolver los desacuerdos entre los herederos, la vía judicial puede convertirse en la última opción. Este camino implica llevar el caso ante un tribunal, que decidirá de acuerdo con el derecho vigente y las circunstancias particulares del caso. Aunque esta opción puede ser más prolongada y costosa, a veces es el medio más adecuado para obtener una resolución más justa y equitativa.
La vía judicial implica la presentación de una demanda civil en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del fallecido para que el juez tome las decisiones vinculantes sobre la distribución de la herencia, así como valore la masa hereditaria y realice inventario. Este proceso puede incluir audiencias, presentación de pruebas, intervención de peritos… por lo que es necesario contar con la asistencia de un abogado para asegurar que los derechos de cada heredero sean debidamente defendidos.
La sentencia de primera instancia podrá ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial correspondiente.
Abordar las complejidades de la distribución de una herencia requerirá una comprensión profunda de la normativa sucesoria. Para ello, puedes ponerte en contacto con el equipo de abogados especialistas en herencias y sucesiones de globalpacta llamando al 933 637 910.